Nombre |
ÉCIJA, Alonso de; FRANCO, Hernando; HERNÁNDEZ, Juan; TRUJILLO, Alonso de; TELLO, Marcos; DÍAZ, Agustín; FRANCO Bartolomé; LÓPEZ, Pero; TORO, Luis de; MARTÍN, Pero; ORTIZ, Antonio |
Transcripción |
[...] Considerando que los salarios y gastos de cantores y ministriles de esta dicha Santa Iglesia sobrepujaban y eran en más cantidad que la renta de la Fábrica de ella, y atento a la comisión que dieron al señor maestrescuela para que hablase al Señor Arzobispo sobre ello, y la respuesta que dio, determinaron de moderar los salarios de los dichos cantores y ministriles en esta manera:
El señor canónigo Ecija tenía de salario de cantor cien pesos de minas, mandaron que se le quitasen cincuenta de tepuzque, quédanle de salario ciento y quince pesos, tres tomines y seis granos de oro común.
El señor racionero Fernando Franco tenía de maestro de capilla seiscientos pesos de oro común, mandáronle quitar trescientos, quedánle de salario trescientos pesos del dicho oro.
El señor racionero Juan Hernandez tenía de salario trescientos pesos de oro común, mandáronle quitar cien pesos, quedánle de salario doscientos pesos de oro común.
El cura Alonso de Truxillo tenía de salario de cantor doscientos pesos de oro común, mandáronle quitar cincuenta, quedánle de salario ciento y cincuenta pesos del dicho oro.
Marcos Tello tenía de salario de cantor doscientos pesos de oro común, mandáronle quitar cincuenta, quedánle de salario ciento y cincuenta pesos del dicho oro.
Agustín Díaz tenía de salario cincuenta pesos de minas, mandaron que quedase en cincuenta pesos de oro común.
Bartholome Franco tenía de salario trescientos pesos de oro común, mandáronle quitar cincuenta, quedánle de salario doscientos y cincuenta pesos del dicho oro.
El padre Pero Lopez tenía de salario cien pesos de oro común, mandáronle quitar treinta pesos, quedaronle de salario setenta pesos del dicho oro.
Luis de Toro tenía de salario de cantor cincuenta pesos de oro común, digo, de minas; mandaron que tenga de salario cincuenta pesos de oro común.
Pero Martin, otro tanto.
Antonio Ortiz tenía de salario cien pesos de oro común, mandáronle quitar veinte, quédanle ochenta pesos del dicho oro.
A los ministriles mandaron que tuviese cada uno doscientos pesos de oro común de salario.
Y después que hubieron notificado los salarios de los dichos cantores y ministriles, en la forma y manera que dicho es, mandaron y proveyeron que yo, el secretario infrascrito, se lo notifique a todos y a cada uno de ellos por sí, y asiente en este libro las notificaciones y sus respuestas.
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