Registro MEX 79000619    
Archivo ACCMM Archivo del Cabildo Catedral Metropolitano de México
Biblioteca Turriana de la Catedral de Mexico
Microfilm Biblioteca Turriana / CONDUMEX
Ramo Actas de Cabildo
Libro 04 Caja
Legajo Expediente
Folios 044-044v
Fecha Acta 1591/02/05
Nombre ORTÍZ ZUÑIGA DE, Antonio; YLLANA, Antonio de; LÓPEZ DE CÁRDENAS, Alonso; ZURNERO, Juan; RODRÍGUEZ DE CASTAÑEDA, Diego; ABURRUZA, Juan de; FRANCO, Bartolomé; SALCEDO,Juan de; ORTIZ DE HINOJOSA, Hernando; CADENA, Melchor de la; PEÑAS, Pedro de
Síntesis Acuerdo para que un racionero conserve su salario como cantor
Transcripción [...] Habiendo sido llamados de ante diem por el pertiguero de esta Santa Iglesia, para tratar lo que conviene se provea a una petición que el racionero Antonio Ortiz de Zuñiga había presentado en este dicho cabildo, dijeron que atento a lo referido por el dicho racionero en la dicha petición que así había presentado y que todo lo que en ella dice es cierto y les consta ser así, y que su voz es tan necesaria para el ornato y ministerio del coro y Oficio Divino que en él se canta por todo el discurso del año, así en las fiestas solemnes como en las Cuaresmas y Semanas Santas, en que tanto luce y aplace, y adorna el coro con su voz y mucha gracia y habilidad en el cantar, y que si por dejar de acomodarle según que lo pide, había de faltar su voz por irse a gozar de alguno de los cómodos que en esta Nueva España se le han ofrecido y ofrecen; según que en este dicho cabildo se ha tratado y de nuevo se torna a tratar, y dejando de premiar tantos y tan continuos servicios como ha hecho a esta dicha Santa Iglesia desde que en ella entró por mando del coro, sería desanimar a los que con esperanzas de venir a gozar otro tanto las sirven, era justo que en lo tocante al salario que tenía de cantor no se innovase, pues se le había quitado el acostamiento que había tenido por enseñar a cantar los niños del coro --no habiendo aviso de mérito en él como no lo hubo, ni defecto en lo tocante a este ministerio, sino mucha suficiencia y continuación en el enseñarles-- con el salario que había tenido por este ministerio en que fue acomodado y lo está el racionero Antonio de Yllana, y respetando lo en ese auto contenido y por obrar los inconvenientes y falta que con su ausencia en el dicho ministerio de la música podían suceder, y forzosamente se habían de seguir, dijeron les parecía se votase, y así se votó, y por la mayor parte de los dichos señores se mandó que el salario de los cien pesos de minas que solía llevar por cantor, se le continuasen y conserven desde este dicho día, y los goce y gane según que antes; y así lo proveyeron, votaron y determinaron, y mandaron se asiente por auto. No concordaron ni vinieron en que al dicho racionero se le continúe el salario que le está señalado de los cien pesos de minas, el señor arcediano, que dijo que atento a que Su Majestad le había hecho merced de la ración con cargo de cantor, y el dicho racionero le había así aceptado, que no le daba ni dio, ni señalaba, ni señaló salario ninguno de la Fábrica al dicho racionero Ortiz, y lo mismo dijeron y votaron los señores canónigos Cardenas, Carcamo, Castaneda y racioneros Aburruza y Franco. El señor chantre y canónigos Salcedo y Ortiz, que solo le den y señalen de salario cien pesos de tepuzque; los señores Cadena y Peñas, que solo le den y señalen por ayuda de costa cincuenta pesos de tepuzque, como los tienen los demás racioneros de media ración.
Observaciones
Fecha registro 2004/08/02
Fecha última actualización 2016/11/08
Referencia al Índice temático
Referencias bibliogáficas