Registro MEX 86000443    
Archivo ACCMM Archivo del Cabildo Catedral Metropolitano de México
Biblioteca Turriana de la Catedral de Mexico
Microfilm Biblioteca Turriana / CONDUMEX
Ramo Actas de Cabildo
Libro 24 Caja
Legajo Expediente
Folios 13-15v
Fecha Acta 1695/05/06
Nombre IDIÁQUEZ, José de; SANZ DE IZAGUIRRE, Tiburcio; SALAZAR, Antonio de; AGURTO Y LOAYSA, José de; LEYBA, Agustín de; ESPINOSA DE LOS MONTEROS, José de; ORSUCHI, Francisco de; LEÓN, Diego de; ATIENZA Y PINEDA, Francisco de; SESMA, Jorge de
Síntesis Dictámenes en controversia sobre las partes del órgano nuevo importado de España y la forma en que se emplearon
Transcripción [...]
Joseph de la Vega, pertiguero de esta Santa Iglesia, citará con esta cédula de ante diem a los señores Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia para que mañana viernes que se contarán seis del corriente, se hallen juntos en su sala capitular a las nueve de la mañana para oír los pareceres y declaraciones juradas, que tienen dadas al infrascrito secretario, los músicos que fueron nombrados para el reconocimiento y entrego del órgano grande y determinar lo que convenga en justicia [...]
[...]
Mandome el señor presidente leer las declaraciones de los músicos.
Y, abierto el de don Joseph de Ydiaquez, organista, fue su tenor el siguiente: Ilustrísimo señor, el bachiller Joseph de Ydiaquez, organista de esta Santa Iglesia, digo que en virtud del mandato de vuestra señoría he reconocido el órgano que don Tyburcio Sanz trajo de España, con obligación de armarlo y ponerlo en toda perfección en una de las tribunas del coro de dicha Santa Iglesia. Y, comenzando según el orden de las memorias, digo que he reconocido en las voces del flautado mayor, del flautado bordón tapado y flautado menor tapado, que según la magnitud del órgano, no corresponde al cuerpo de voz que dicho órgano requiere.
En las mixturas de las dos octavas siguientes, reconocí no haber observado don Tyburcio Sanz el orden que traen las memorias e instrucción de armar el órgano, porque dichas memorias ordenan que todos los registros sean partidos y no enteros, y que las mixturas vayan con sus registros aparte, exceptuando dichas memorias, las que no deben seguir dicho orden, en cuya conformidad ordenan que las dos octavas referidas se armen con sus registros aparte en ambas manos, y dicho don Tyburcio puso una octava entera en la mano derecha y en la izquierda dos octavas, y esta suerte de armar los registros llaman los artífices mixturas sospechosas.
El mismo defecto reconocí en los registros de la docena y quincena, y asimismo en otro registro de quincena y decimonovena en el medio registro de corneta magna de siete caños por punto, hay que advertir que el artífice don Jorje de Sesma lo ejecutó como mixtura nuevamente inventada, y de mucho primor, y no conocida en estos reinos; y en él, dice la memoria, que se ejecuta la suspensión, y que remite sus movimientos e ingenios para el uso de ella; y la instrucción de armar dice que se ejecuta con dos pisas, las cuales armó don Tyburcio Sanz, y ahora nuevamente las volvió a quitar, con que a esta cuenta no corre este registro.
En las mixturas de la cadereta reconocí haber juntado dicho don Tyburcio la mixtura de lleno con la mixtura de címbala, y consta que la vez pasada lo repugné y contradije, y asimismo a la unión que hizo en el órgano grande de las mixturas de quincena y docena, y se dice que respondió don Tyburcio que porque le había faltado sitio en el secreto de la cadereta, había juntado en ella las mixturas de lleno y címbala, con que se infiere que por la misma razón de falta de sitio juntó las mixturas de docena y quincena en el órgano grande, y asimismo las mixturas de otra quincena y decinovena. Con que de haberlo hecho así, se sigue no sólo el defecto de contravención a la orden de dichas memorias, sino también el defecto en las medidas, conductos y canales de los secretos del órgano, y también de sus portavientos, de donde se infiere no tener dicho órgano la corpulencia y lleno de voces que pide según su magnitud y crecido número de flautas.
Y no sólo se infieren estos defectos de dicha unión y colocación de mixturas, sino que se deben recelar algunas malicias, con que los mismos artífices suelen colocar y unir dichas mixturas porque suelen hacer con maña, de una mixtura, dos; y, repitiendo dicha unión en diversas mixturas, queda sin duda un órgano diminuto y sospechoso, y esto no es muy fácil de conocer si los artífices a quienes toca no son muy expertos y avisados.
En lo que pertenece al número cabal de sus flautas, ya dije la vez pasada que estaba cabal en cuanto a la correspondencia de voces en el teclado (esto es, que no falta voz en ninguna tecla) porque poniendo los dedos y pulsándolas corresponden las voces, pero no el número, porque éste no es fácil de conocer, y no toca su reconocimiento al organista, sino a los artífices.
En cuanto al temple, tono, igualdad de voces, y lo sonoro, digo que el mismo órgano ha mostrado su calidad y suavidad, y lo exquisito de sus mixturas, así en las de los nasardos como las de la tolosana y clarines, pero es de advertir que éstas no constituyen órgano principal, porque un órgano se compone de unos flautados muy bien templados y acordes, y sobre estos entran todas las mixturas de trompetas y lengüetería, y éstas sirven de adorno, gala, y mucho primor, y con éstas ha lucido el órgano. Pero como en las mixturas principales de los flautados, octavas, quincenas, decimonovenas, y las demás, se ha reconocido que padecen la inconstancia en su temple, o ya por la conducción del viento de los fuelles y su peso, o ya por las razones que arriba refiero acerca de los conductos y portavientos con que reciben el viento dichas mixturas. De aquí es que queda mucha duda en la permanencia de su temple.
Esto es, Ilustrísimo Señor, todo cuanto he podido reconocer y advertir en dicho órgano, y lo que necesita de remedio para la perfección que pide una presea tan digna de esta Santa Iglesia, todo lo cual digo que para descargo de mi conciencia lo he reconocido con la vigilancia y estudio que dicha obra pide, y juro a Dios y a la cruz que he dicho lo que siento como verdadero, y sin simulación alguna. Vuestra señoría ilustrísima proveerá lo que fuere servido. Fecho en México a cinco de mayo de mil seiscientos y noventa y cinco años, bachiller doctor Joseph de Ydiaquez.

[Al margen: Parecer de Antonio de Salazar, maestro de capilla]
Abrí el parecer de Antonio de Salazar, maestro de capilla de esta Santa Iglesia, y su tenor fue el siguiente: Ilustrísimo señor, el maestro Antonio de Salazar, que lo es de esta Santa Iglesia, dice que vuestra señoría le mandó asistir a oír el órgano en su entrega con todos los requisitos, según se pidió para su fábrica, y según la memoria que de España se trajo; halló haber cumplido con su obligación toda, su artífice en las mixturas de que se compone cada una de por sí, y todas juntas, así en el lleno como en el flautado, y según su composición sonora, dulce, armoniosa, esto siento en mi conciencia, conforme a lo que nuestra facultad es necesario; y por lo que toca a lo interior de dicho órgano, flautas, secretos, registros, fuelles, y toda su perpetuidad, me remito a lo que el artífice que los fabrica dijere. Ésto digo debajo de la censura que debo a vuestra señoría, cuyo criado soy que besa su mano, Antonio de Salazar.

[Al margen: Parecer del bachiller Joseph de Agurto Loaysa, presbítero músico]
Abrí el parecer del bachiller Joseph de Agurto Loaysa, presbítero, cuyo tenor fue el siguiente: Ilustrísimo señor, el bachiller Joseph de Agurto y Loaysa, ministro de esta Santa Iglesia, y maestro de capilla (que por gracia de Vuestra Señoría) fue en ella, digo que vuestra señoría fue servido de asignarme para la vista y revista en la entrega del órgano, y que mediante mi leal saber en materia de tanta consecuencia, servicio de Dios en su culto, y conciencia en tanto gasto de esta Santa Iglesia, en una y otra vez he asistido, oído, y preguntado para todo lo que de mixturas, lleno, flautado, trompetas, dulzainas, etcétera, del órgano y su composición en su entrega según la memoria que del artífice de España se trajo, mediante lo que de esta Santa Iglesia se le pidió. Y hallo que así en lo particular como en lo común de todo él está completo, dulce, sonoro, armonioso, según pide nuestra facultad, y a donde se entiende nuestro conocimiento. Y por lo que pertenece al secreto, fuelles y su duración, registros y su perpetuidad, repartimiento del aire en sus conductos, número de flautas de que se compone cada mixtura, y si está diminuto o no, el artífice que vuestra señoría fuere servido señalar dará razón si tiene algunos óbices en todo esto que es de nuestra facultad, para que si son capaces de enmienda la tenga ahora. Esto siento in verbo sacerdotis y como fiel ministro de Vuestra Señoría Ilustrísima. México y cinco de mayo de mil seiscientos y noventa y cinco años. Ilustrísimo señor, beso la mano de Vuestra Señoría Ilustrísima, su menor capellán, bachiller Joseph de Agurto y Loaysa.

[Al margen: Parecer del bachiller Augustin de Leyba, presbítero músico]
Abrí el parecer del bachiller don Augustin de Leyba, presbítero, cuyo tenor es el siguiente: Ilustrísimo señor, el bachiller Augustin de Leyba, ministro de esta Santa Iglesia, digo que, habiendo vuestra señoría sido servido de nombrarme por uno de los jueces para la recepción del órgano, en orden a conocer si está de dar y recibir, con las calidades que por las memorias está obligado el artífice a entregar; habiéndolo oído, especulado, y reconocido ocularmente, habiendo subido a ver la cañutería y su situación en orden musical, digo que a mi parecer está bueno, y de buen sonido, y el tono en perfección, y sin que le falte nada de su obligación; y que si tiene algunos defectos no son de parte de dicho artífice, sino de quien pidió las memorias, que no los menciono por no ser del caso; sólo digo que, afinando algunas flautas que están destempladas, en todo lo demás está bueno. Así lo siento, salvo el parecer de los demás jueces a quienes rindo mi insuficiencia, y así lo juro in verbo sacerdotis puesta la mano en el pecho. bachiller Augustin de Leyba.

[Al margen: Parecer de Joseph de Espinosa de los Monteros, ministril]
Abrí el parecer de Joseph de Espinosa de los Monteros, bajonero, y su tenor fue el siguiente. Ilustrísimo señor, Joseph de Espinosa de los Monteros, ministril de esta Santa Iglesia, digo que Vuestra Señoría me mandó el que asistiera en el coro para la entrega del órgano, obedecí al mandato de vuestra señoría. Subí y tañí en dicho órgano, el cual hallé en tono muy bueno, según y como se pidió en la memoria que por vuestra señoría fue a España; y fue que dicho órgano fuese un punto más bajo que los órganos de España, y que en dicho órgano vinieran algunos registros del término de España, para que los ministriles de esta Santa Iglesia puedan tañer por su natural, lo cual está como se pidió, con que hallo el haber cumplido el artífice en esto muy puntual, en las mixturas, y partidos así de mano derecha como de mano izquierda, y todas juntas en el lleno, como en el flautado y demás registros, en todos hallo una grande unidad, y mucha más en las cuatro voces de tiples, contraltos, tenores, y contrabajos, que se distinguen sin que se tapen unas voces a otras, con la igualdad que pide el metro de este arte. Esto siento en mi conciencia a lo que entiendo en esta facultad, y digo esto debajo de la censura que debo a vuestra señoría cuyo criado soy, etcétera. Joseph de Espinosa de los Monteros.

Yo, el infraescrito secretario, dije que al señor presidente, cómo pidiendo al bachiller don Francisco de Orsuchi, presbítero organista de esta Santa Iglesia, su parecer por escrito firmado, jurado y firmado, había respondido que tenía inconvenientes que, siendo servido este ilustrísimo cabildo de darle hoy licencia de entrar, daría razón de su sentir y parecer. Asimismo, que el bachiller don Francisco de Atienza y Pineda, presbítero sochantre y músico, me había dicho dijese a su señoría que no informaba por escrito pero que se remite a los pareceres de los maestros Antonio de Salazar y bachiller Joseph de Augurto y Loaysa, con los cuales se conformaba. Asimismo, que falta el parecer de Diego Leon, músico.
Y, habiéndose oído dichos pareceres y conferida la materia, se resolvió por la mayor parte que el bachiller don Francisco de Orsuchi, don Francisco de Atiensa y Diego de Leon cumplan con lo mandado y presenten sus pareceres firmados, jurados y cerrados para el primero cabildo, para que se pongan con los autos, y no estén diminutos. Y, para su vista y de los así presentados, se despache cédula ante diem ; y a Antonio de Salazar, maestro de capilla, y Joseph de Espinosa, juren dichos sus pareceres por escrito como está mandado.
[…]
Observaciones Véanse registros 86000440, 86000446 y 86000450, 86000533
Fecha registro 2014/10/03
Fecha última actualización 2022/10/10
Referencia al Índice temático corneta / organista / órgano / maestros de capilla / adquisiciones / músicos / dictámenes
Referencias bibliogáficas